viernes, 20 de noviembre de 2009

ley 49 / 1990



LEY 43 DE 1990
(DICIEMBRE 13)
POR EL CUAL SE ADICIONA LA LEY 1945DE 1960, REGLAMENTARIA DE LA PROFESIÓN DEL CONTADOR PÚBLICO Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES
CAPITULO V
TITULO I
CÓDIGO DE ÉTICA PROFESIONAL
Articulo 37. Principios Básicos De La Ética Profesional




TEXTO EXPOSITIVO

En el momento en el que un contador público ejerce su conocimiento en un ente económico o en prestación de sus bienes de un individuo, es decir a una persona natural, se somete a cumplir los principios básicos de la ética profesional; cuyo objetivo es contribuir al desarrollo de la contaduría pública a través de la practica cotidiana de su profesión.
Basado en lo anterior, entre principios básicos de ética profesional esta la integridad moral en cualquier campo de trabajo en el que desempeñe su labor como profesional, sin descartar que la rectitud, honestidad y sinceridad deban conservarse en cualquier circunstancia. Su objetividad es de gran importancia por que se trata de certificar, dictaminar u opinar sobre los estados financieros de cualquier entidad como obligación de su nivel de estudio, entre estos esta la independencia que consiste en tener libertad mental y de criterio de acuerdo a los intereses que sean incompatibles con la integridad y objetividad.
Aunque el principio de ética mas esencial que se encuentra implícitamente comprendido en todas y cada una de las normas de ética y reglas de conducta del contador publico es la responsabilidad ya que en efecto de ella esta la sanción, porque el reconocimiento en las normas de ética se encuentra la confianza de lo usuarios de los servicios de esta profesión, igualmente la confidencialidad trata de que la relación del contador publico y del interesado o usuario de sus servicios tenga éxito; estas deben de fundarse en un compromiso responsable, leal y autentico en el cual se impone la reserva profesional.
Sin embargo la observancia de las disposiciones establecidas por el estado y por el consejo técnico de la contaduría publica y tener en cuenta las recomendaciones de sus clientes o de los funcionarios del ente para su mejor desempeño; igualmente la competencia y actualización de conocimientos se encarga de que el contador público, sus asociados o colaboradores realicen trabajos basados en su conocimiento para que se hagan de manera eficaz y satisfactoriamente y tiene como obligación mientras este ejerciendo su profesión actualizarla a cerca de la misma.
No puede falta la difusión y la colaboración, es decir, que el contador público tiene la obligación de contribuir a la difusión o docencia cuando sea llamando a dirigir instituciones de enseñanza de la contaduría publica ya que la colaboración constituye el imperativo social y profesional. Por lo tanto lo más significativo es el respeto entre colegas y porque debe tener siempre presente la sinceridad, la buena fe y la lealtad. Son condiciones básicas para el ejercicio honesto de la profesión y sobre todo la convivencia amistosa pacifica de sus miembros.
Por ultimo el contador público considera su conducta ética ya que debe de abstenerse en un acto que ofenda o atente contra la buena reputación de la profesión.
Estos 10 principios básicos de la ética tienen como propósito formar adecuadamente la profesión del contador público a los que reciban este titulo para ser intactos y unos verdaderos profesionales dignos de admirar.
















TEXTO ARGUMENTATIVO

La contaduría pública es una profesión que tiene como fin compensar necesidades de la sociedad y la ética profesional mediante la mediación, evaluación ordenamiento, análisis e interpretación de la información financiera de las empresas o individuos, y la preparación de informes sobre la correspondiente situación financiera el contador publico como depositario de la confianza publica la reafirma cuando con su firma y numero de tarjeta profesional suscribe un documento en el que certifique sobre determinados hechos económicos o situación financiera de la empresa, la actividad publica o privada del contador es el factor activa y directa de intervención en la vida de los organismos públicos y privados.
La obligación del contador es velar por los intereses económicos de la comunidad entendiéndose por esta a las personas naturales y jurídicas vinculadas directa o indirectamente con la empresa e igualmente a la sociedad en general y al estado.
El ejercicio de la contaduría pública implica una función social especialmente a través de la fe pública que se otorga en beneficio del orden y la seguridad en las relaciones económicas entre el estado y los particulares.
En conclusión al contador publico se le debe de considerar con una ética profesional elevadamente alta y estudiar a usuario del servicio como ente económico separado que es la relación con circunstancias particulares de su actividad, sean internas o externas, con el fin de en cada caso, las técnicas y métodos mas adecuados para el tipo de ente económico y la clase de trabajo que se le ha encomendado se observe la integridad moral de quien ejerce la profesión.


1 comentario:

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